Fondo de Solidaridad

Por tu seguridad y la de tu familia


¿QUÉ ES EL FONDO DE SOLIDARIDAD?

El Fondo de Solidaridad es una reserva económica intangible cuya aplicación principal se orienta al beneficio por salud, beneficio por casos especiales y beneficio por otras contingencias de carácter solidario.

El origen del patrimonio del Fondo de Solidaridad constituye los ingresos que se producen durante el año por:

  • El aporte anual que el socio realiza, el cual asciende a la suma de S/40.00 para socios mayores de edad y S/20.00 para socios menores de edad.
  • Fuentes internas de la Cooperativa previa autorización de la Asamblea General de Delegados y/o del Consejo de Administración.
  • Fuentes externas que pueden ser donaciones, transferencias, etc.

BENEFICIOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD

  • BENEFICIOS DE SALUD

    El beneficio de salud a la que tiene derecho el socio y por su inscripción al Fondo de Solidaridad, se llevará a cabo a través de los establecimientos de salud con los cuales se haya suscrito un convenio de prestación de servicios con la Cooperativa.

    Se brindará el paquete de atención según convenio que haya suscrito cada oficina y hasta por el monto de: 

    • S/. 300.00 para oficinas de la ciudad de Ayacucho, esto a través del Policlínico Santa María Magdalena.
    • S/. 100.00 para las demás oficinas, esto a través de los establecimientos de salud con los que se mantenga convenio.

    Los saldos de cobertura que el socio no agote dentro del periodo de vigencia, no se acumulan para el siguiente periodo en caso de renovación del servicio.

    El socio tendrá acceso al beneficio por salud cumplimiento con los 03 últimos depósitos a su cuenta de aporte y siempre que se encuentre vigente su pago al Fondo de Solidaridad.

    Documentos a presentar para ser atendido:

    a) DNI.

    b) Carnet del Fondo de Solidaridad con fotografía.

    Si el socio utilizó los servicios de salud hasta agotar el monto de cobertura asignado, podrá realizar un depósito adicional al Fondo, esto por única vez, el mismo que será por la suma de S/.30.00 para mayores de edad y S/.15.00 para menores de edad. Dicho pago le dará al socio el derecho de usar el servicio de atenciones médicas hasta por el 50 % del monto de la cobertura total (hasta S/.150.00 para oficinas de la ciudad de Ayacucho, esto a través del Policlínico Santa María Magdalena y hasta S/.50.00 para las demás oficinas, esto a través de los establecimientos de salud con los que se mantenga convenio).

    Los socios que deseen adelantar el pago para la renovación del servicio de atención médica, podrán efectuarlo considerando una anticipación de hasta 01 mes.

  • BENEFICIOS POR CASOS ESPECIALES

    El acceso al beneficio por casos especiales, será después de 02 años consecutivos de haber efectuado el pago de la cuota del Fondo de Solidaridad y siempre que el socio esté al día en sus aportes en los últimos 06 meses.

    Este beneficio, será otorgado por única vez hasta por el monto de S/4,000.00 (en correspondencia a la gravedad del socio)  y en los siguientes casos:

    • Invalides temporal o permanente, debidamente comprobado, posterior a su afiliación al Fondo.
    • Salud en peligro que requiera tratamiento especializado (en estos casos la cobertura es hasta el 75% del monto de cobertura.
    • Emergencias o desastres que pongan en alto riesgo la integridad del socio aportante.

    Todos estos hechos serán fundamentados y sustentados con opinión profesional técnico o médico, según sea el caso, así como con informe social expedido por la trabajadora social de la Cooperativa, para su evaluación y aprobación por el Comité de Administración del Fondo de Solidaridad y el Consejo de Administración (El beneficio por casos especiales, será otorgado previa evaluación y aprobación)

    Requisito para acceder al beneficio: Que la enfermedad o condición del socio, no sea proveniente a la fecha de afiliación al Fondo o que el socio no haya tenido conocimiento de dicha enfermad o condición.

    No se coberturan gastos cubiertos por algún tipo de seguro, por el Policlínico Santa María Magdalena o por los establecimientos con los que la Cooperativa mantiene convenio.

    El plazo máximo para presentar la solicitud del beneficio por casos especiales es de 06 meses contados a partir del día en que se presenta la necesidad o causa de solicitud del socio.

    Documentos a presentar para gestionar beneficio:

    1. Solicitud dirigida al Gerente General de la Cooperativa

    2. Copia de DNI

    3. Documentos sustentatorios: Certificado de atención médica en original o copia legalizada, copia de historia clínica legalizada o fedateada, copia de informe policial legalizada en caso de accidente, boletas y recibos por honorarios que acrediten gastos, otros según el caso.

  • BENEFICIO POR OTRAS CONTINGENCIAS SOLIDARIAS

    El acceso al beneficio por otras contingencias solidarias, será después de 02 años consecutivos de haber efectuado el pago de la cuota del Fondo de Solidaridad y siempre que el socio esté al día en sus aportes en los últimos 06 meses.

    Este beneficio, será otorgado previa aprobación y autorización por parte del Comité del Fondo de Solidaridad y el Consejo de Administración; para ello, se evaluará previamente la solicitud del solicitante, en la cual se deberá indicar el importe solicitado, la necesidad e importancia de otorgar dicho beneficio y los sustentos respectivos según corresponda. 

    El beneficio será otorgado por única vez, hasta por el monto de S/4,000.00 (en correspondencia a la gravedad de la situación) y en los siguientes casos:

    • Situaciones que generen daño, peligro o riesgo material o de la integridad del socio, no contemplado al momento de la afiliación al Fondo.

    El plazo máximo para presentar la solicitud del beneficio por otras contingencias es de 06 meses contados a partir del día en que se presenta la necesidad o causa de solicitud del socio.

    Documentos a presentar para gestionar beneficio:

    a) Solicitud dirigida al Gerente General de la Cooperativa.

    b) Copia de DNI.

    c) Documentos sustentatorios, de ser el caso.


¡IMPORTANTE!

  • El socio debe abonar el pago anual al Fondo de Solidaridad en forma continua. La renovación se debe efectuar dentro de los treinta (30) días calendarios de su vencimiento, caso contrario perderá la condición de afiliado al Fondo de Solidaridad (no existe regularización de pago posterior al plazo)
  • La cuota anual tendrá vigencia por un año calendario computándose a partir de la fecha del último pago al Fondo de Solidaridad. 
  • Los socios tendrán acceso a los beneficios del Fondo de Solidaridad, siempre que se encuentre vigente su pago a dicho fondo.
  • Los socios aportantes del fondo que no hayan hecho uso de los servicios dentro del periodo de vigencia del fondo y/o de los plazos establecidos, no tendrán derecho a la devolución de las cuotas pagadas por ningún motivo.
  • El beneficio por casos especiales y otras contingencias será otorgado por única vez. Vale decir, si el socio accede al beneficio por casos especiales ya no podrá acceder al beneficio por otras contingencias y viceversa.